2. Auxilio de Transporte.
3. Prima de Servicios.
4. Cesantias.
5. Intereses a la Cesantias.
6. Vacaciones.
7. Horas Extras.
8. Horas Extras Nocturnas.
9. Recargas Nocturnas Autorizadas.
10. Dotaciones.
11. Seguridad Social.
12. Parafiscales. (arl, cofrem)
EJERCICIO EN CLASE:
1. JENI ingresa a laborar el 1 de Diciembre del año 2.011 en el almacén el cuentico llanero por una temporada de navidad.
No la afilian a seguridad social y en aquel tiempo pactaron $20.000 como remuneración por día.
Hoy 4 de Febrero del año 2.014, JENI nos consulta que el 31 de Diciembre del año 2.011, su empleador le manifestó que le agradecía por el apoyo laboral prestado en la empresa y si tiene algún derecho para reclamar.
RESPUESTA:
1. Salario recibido desde el 1 al 31 de Diciembre del año 2.011 fue: 20.000 vlr del día x 30 = $ 600.000.
2. Prima no recibida por los 30 días trabajados fue:
$600.000 x 30 / 360 = $50.000
3. Cesantias no recibida por los 30 días trabajados fue:
$600.000 x 30 / 360 = $50.000
4. Intereses a las Cesantias no recibidas por los 30 días trabajados fue:
$50.000 (vlr de cesantias) x 30 x 0.12 / 360 = $500
5. Vacaciones no recibidas por los 30 días trabajados fue:
$600.000 x 30 / 720 = $25.000.
6. Indemnización no recibida por los 30 días trabajados por retiro sin justa causa fue:
un salario completo equivalente a $600.000.
7. Indemnización no recibida por el año 2.012 fue:
$ 600.000 x 12 meses = $7.200.000
8. Indemnización no recibida por el año 2.013 fue:
$ 600.000 x 12 meses = $7.200.000.
9. Indemnización no recibida por 1 mes correspondiente al año 2.014 fue:
$ 600.000 x 1 meses = $600.000
EXPLICACIÓN:
Lo anterior es la liquidación correspondiente de la señorita JENI debido a que su empleador no le pago los diferentes conceptos que por ley se deben pagar en un contrato de trabajo, y porque la señorita fue despedida sin justa causa, es por esto que la liquidación a la fecha 4 de febrero del año 2.014 es de: $ 15.725.500 .
EJERCICIO EN CLASE:
1. JENI ingresa a laborar el 1 de Diciembre del año 2.011 en el almacén el cuentico llanero por una temporada de navidad.
No la afilian a seguridad social y en aquel tiempo pactaron $20.000 como remuneración por día.
Hoy 4 de Febrero del año 2.014, JENI nos consulta que el 31 de Diciembre del año 2.011, su empleador le manifestó que le agradecía por el apoyo laboral prestado en la empresa y si tiene algún derecho para reclamar.
RESPUESTA:
1. Salario recibido desde el 1 al 31 de Diciembre del año 2.011 fue: 20.000 vlr del día x 30 = $ 600.000.
2. Prima no recibida por los 30 días trabajados fue:
$600.000 x 30 / 360 = $50.000
3. Cesantias no recibida por los 30 días trabajados fue:
$600.000 x 30 / 360 = $50.000
4. Intereses a las Cesantias no recibidas por los 30 días trabajados fue:
$50.000 (vlr de cesantias) x 30 x 0.12 / 360 = $500
5. Vacaciones no recibidas por los 30 días trabajados fue:
$600.000 x 30 / 720 = $25.000.
6. Indemnización no recibida por los 30 días trabajados por retiro sin justa causa fue:
un salario completo equivalente a $600.000.
7. Indemnización no recibida por el año 2.012 fue:
$ 600.000 x 12 meses = $7.200.000
8. Indemnización no recibida por el año 2.013 fue:
$ 600.000 x 12 meses = $7.200.000.
9. Indemnización no recibida por 1 mes correspondiente al año 2.014 fue:
$ 600.000 x 1 meses = $600.000
EXPLICACIÓN:
Lo anterior es la liquidación correspondiente de la señorita JENI debido a que su empleador no le pago los diferentes conceptos que por ley se deben pagar en un contrato de trabajo, y porque la señorita fue despedida sin justa causa, es por esto que la liquidación a la fecha 4 de febrero del año 2.014 es de: $ 15.725.500 .
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